Las empresas podrán abrir entre las 8:00 y las 18:00 horas.
VISTO:
La Disposición Nº 061/2020 emitida por el COE Central de la Provincia de Córdoba en el día de la fecha; y CONSIDERANDO:
Que la Disposición emitida expresa que de acuerdo a las evaluaciones de las medidas implementadas y teniendo en cuenta el dinamismo de la situación, considera oportuno y adecuado flexibilizar la actividad industrial, de manera progresiva en la localidad, bajo el cumplimiento del protocolo y medidas de bioseguridad pertinentes, a partir del día 29 de julio de 2020.
POR ELLO, El Intendente Municipal de la ciudad de Marcos Juárez Decreta:
- Art. 1) Aplíquese en todo el ambito municipal en todo su alcance, la disposición N» 061/2020 emitida por el COE Central de la Provincia de Córdoba.
- Art. 2) La actividad flexibilizada se desarrollará en el horario de 8:00 a 18:00, salvo aquellas que por sus característiicas tramitaron permisos especiales.
- Art. 3) Comuníquese , dése al Registro Municipal y archívese.
Firman:
- ING.PEDRO DELLAROSSA Int. Municipal
- VERONICA CRESCENTE Secretaría Gral. de Servicios.
- VILMA SIGAUDO Asesoría Letrada.
DECRETO Nº 110:
http://www.mmj.gob.ar/webmj/index.php/inicio/noticias/item/4328-decreto-n-110-flexibilizacion-actividad-industrial