FASE 1: AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO – DECRETO N°099
A partir del nuevo Decreto N° 099 del día de la fecha, las actividades aquí nombradas se encuentran habilitadas en el horario de 9 a 16 hs. Seamos responsables y cumplamos con las protocolos establecidos para prevenir el contagio.
Léelo completo en: https://bit.ly/2WnmqiD.
Mantengamos la calma ante esta situación. En Marcos Juárez nos cuidamos entre todos.
Se habita la modalidad de envío a domicilio de 9 a 16 horas de artículos de primera necesidad de:
- Supermercados
- Almacenes
- Carnicerías
- Casas de venta de elementos de limpieza
Sólo en casos de necesidad por imposibilidad de traslado por edad o enfermedad.
Se autoriza la actividad en rotiserías y casas de viandas, que podrá realizarse en las modalidades retiro en puerta y reparto a domicilio.
- En el horario de 9 a 16 horas
- Sólo en casos de necesidad por imposibilidad de traslado por edad o enfermedad.
- No incluye bares restaurantes heladerías y confiterías
Se autoriza la actividad de kioscos, sin ingreso al local y sin reparto a domicilio.
Se establece con horario dentro del cual las actividades y modalidades habilitadas y autorizadas podrán desarrollarse el comprendido entre 9 horas y 16 horas.