El Municipio por decreto autorizó al intendente pagar diferencias por mayores costos de obras a la empresa El Hormigón, y el Tribunal de Cuentas Municipal de la oposición hizo una presentación en reparo de dicha diferencia. Consultamos a Claudio Mirenda, miembro de la oposición del Tribunal de Cuentas Municipal.
Existe un decreto firmado por el intendente Municipal el 8/19 donde se reconocen mayores costos a un pedido que había realizado en el mes de noviembre la empresa El Hormigón sobre cuatro obras desarrolladas en el barrio El Panal.
La presentación de la empresa es básica con una petición de 40 puntos de reconocimiento por las cuatro obras y no se sustenta dicho porcentaje.
El Ejecutivo Municipal a partir de dictámenes de Obras Publicas y Asesorìa Letrada reconoce un promedio total de 31 puntos.
Nosotros objetamos que este decreto no es posible, porque no forma parte de las atribuciones que tiene el intendente Municipal de acuerdo de diferentes artículos de la Carta Orgánica y excede las posibilidades que tiene el intendente de hacer una contratación directa que indica la ordenanza de régimen de contrataciones.
Estas obras fueron oportunamente licitadas, pero esto puede ser tomado como una extensión de esa licitación.
La oposición se fundamenta en cuestiones técnicas que tienen que ver con la Carta Orgánica y con el régimen de contratación.
Nosotros vemos que la Municipalidad argumenta que se hicieron los presupuestos para las obras para Febrero del año 2018, la licitación fue en el mes de Abril y el contrato se firmó en el mes de Junio. Ellos en el dictamen reconocen que en junio había un incremento en el costo de la obra del 10%.
El contrato no tiene reconocimiento de mayores costos. No se encuentra contemplado ni en la ordenanza de la licitación, ni en los pliegos, ni en los contratos de obra firmados.
Nosotros en el fundamento manifestamos claramente que esto no está contemplado en la ordenanza que establece el llamado a licitación, ni en los pliegos, ni en los contratos de obra.